Contacto
Plaza El Pla 1, 12200 Onda
Teléfono: 964 60 00 50
Fax: 964 604 133
Correo electrónico: omic@onda.e
Horario. Cita previa
Martes: de 16.30 a 18.30 h
Jueves: de 9.30 a 13.30 h
Viernes: de 9.30 a 13:30 h
La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) presta un servicio de asesoramiento e información al consumidor y usuario y sirve de cauce para sus reclamaciones. Entre las funciones que desempeña, destacan:
La Mediación, como técnica de resolución de conflictos, es un procedimiento mediante el cual la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) remite un escrito al empresario o profesional reclamado, comunicándole el problema planteado por un consumidor o usuario que ha adquirido algún producto o a utilizado algún servicio en su empresa o establecimiento. La OMIC le da un plazo para la respuesta al problema planteado y si no se llega a un acuerdo entre las partes, se ofrece información sobre otras vías de resolución del conflicto: Administraciones competentes de Consumo, Juntas arbitrales o Juzgados y Tribunales de Justicia.
Pueden reclamar a través de la OMIC todos aquellos que sean consumidores o usuarios, es decir, las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
El reclamado será la empresa o profesional que ha prestado servicio o vendido el producto.
Por lo tanto, no son reclamaciones de consumo las discrepancias que pueda haber entre varias empresas o entre varios particulares, por lo que no estarán amparadas ni por las normas de protección del consumidor ni por los organismos encargados de ello.
A través de la OMIC se puede tramitar una hoja de reclamaciones o instar un arbitraje de consumo. Mientras que la hoja de reclamaciones debe rellenarse en el propio establecimiento reclamado, la solicitud de arbitraje se puede cumplimentar en la propia OMIC de acuerdo con los datos que se faciliten. En cualquier caso, se debe acudir con el DNI.
En determinados supuestos se facilitan al usuario modelos y trámites de reclamación ante otros organismos: Servicios de atención al cliente, Banco de España, Dirección General de Seguros, etc.
Recomendación previa
Antes de presentar la reclamación, es recomendable ponerse en contacto con el empresario para tratar de resolver el conflicto de una forma amistosa.
En caso de que no lograran ponerse de acuerdo, o, el empresario no conteste a la comunicación del consumidor, este puede presentar la reclamación ante la Oficina de Información al Consumidor.
Se recomienda al consumidor que todas las comunicaciones que tenga con el vendedor o prestador del servicio las haga usando mecanismos que dejen constancia de su envío, es decir, por escrito o en cualquier soporte duradero como, por ejemplo, el correo electrónico.
Dependiendo del tipo de reclamación que se lleve a cabo, o bien se mediará ante la empresa reclamada, o bien se tramitará u orientará la presentación ante el servicio u organismo que deba conocer la misma.